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POR UNA COMUNICACION POPULAR

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sábado, noviembre 01, 2014

DEFENSORÍA DEL PÚBLICO: RECOMENDACIONES PARA EL TRATAMIENTO RESPONSABLE DE LA VIOLENCIA CONTRA LAS MUJERES EN LOS MEDIOS AUDIOVISUALES



RECOMENDACIONES PARA EL TRATAMIENTO RESPONSABLE DE LA VIOLENCIA CONTRA LAS MUJERES EN LOS MEDIOS AUDIOVISUALES

1)     Tener presente que existen distintos tipos de violencia contra las mujeres: física, psicológica, sexual, económica y simbólica; y modalidades: doméstica, institucional, laboral, mediática, obstétrica y contra la libertad reproductiva. (Ley 26.485)

2)     Focalizar la cobertura en la prevención y la sensibilización social sobre la problemática. Se recomienda no espectacularizar o frivolizar la noticia, ni confundir interés social con morbo.

3)     Dar a conocer los datos de la víctima sólo si se cuenta con su autorización. Es fundamental preservar su integridad, dignidad e imagen. En caso de femicidios se desaconseja la exposición reiterada de imágenes de la víctima.

4)     Incluir en la cobertura información socialmente relevante: números de asistencia (en todo el país: Linea 144 –atención, contención e información), formas de hacer la denuncia, derechos de las personas y obligaciones del Estado, etc.


5)     Preguntarse si todos los elementos utilizados en la noticia (la música, el videograph, las imágenes, el lenguaje, los efectos, los testimonios, etc.) contribuyen a una cobertura responsable y respetuosa o dramatizan la información. 

6)     Promover la multiplicidad de fuentes. Se desalienta el uso exclusivo de fuentes secundarias o privadas (vecinos/as, familiares, amistades, etc.) Procurar que los testimonios y el tratamiento periodístico en general, no produzcan el efecto de desacreditar a la víctima.

7)     Para evitar el posible “efecto imitación”, especialistas consultados por la Defensoría desaconsejan difundir detalles precisos y reiterados sobre el modo en que se ejerció la violencia.

8)     Cuando se trata del asesinato de una mujer por razones de género se sugiere hablar de femicidio. Evitar el uso del concepto “crimen pasional” porque se culpabiliza a la víctima y se respalda la acción violenta del agresor.

9)     Intentar que la información no se base únicamente en fuentes de las fuerzas de seguridad. Consultar a funcionarios/as públicos, organizaciones de la sociedad civil y especialistas en la temática para analizar la problemática en su complejidad.

10)  Procurar que el discurso en su totalidad sea conjetural y no afirmativo, ya que la difusión del caso tendrá impacto a largo plazo en la vida de las personas implicadas. Es fundamental la protección de derechos como la dignidad y la reputación, y el respeto al principio de inocencia mientras no haya sentencia firme.

 Fuentes: Aportes de las organizaciones de la sociedad civil en las mesas de trabajo “Buenas prácticas: Equidad de género en la radio y la televisión”.  

Doce reuniones convocadas por la Defensoría del Público y realizadas en todas las regiones de Argentina. (Julio-octubre, 2014).

10 preguntas sobre el Tratamiento de la violencia de género en la radio y la televisión - Defensoría del Público (2013). Disponible en http://www.defensadelpublico.gob.ar/es/tratamiento-violencia-genero-radio-y-television

 Oficina de Prensa - Dirección de Comunicación InstitucionalDefensoría del Público de Servicios de Comunicación Audiovisual

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