martes, enero 14, 2014

EL DERECHO HUMANO A LA INFORMACION

EL DERECHO HUMANO A LA INFORMACION

El cambio de época que estamos protagonizando, se caracteriza, entre muchas otras conquistas, por haber ampliado el horizonte de derechos en la sociedad.
En el campo de la comunicación audiovisual, por ejemplo, la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual (SCA), implica una revolución. Todavía contenida en su potencialidad.
Como comunidad, todavía nos falta mucho camino por recorrer, para tomar plena conciencia de nuestro derecho humano a la información (agrego: veraz, certera, comprobable).
Digo falta de conciencia, como para salir a la calle como cada 24 de Marzo, cuando dejamos en claro nuestro compromiso con la memoria, la verdad y la justicia. Para llenar las calles, las plazas para reclamar, para exigir que no nos mientan más, que no tergiversen la realidad, que no manipulen los hechos. Como hace cierto periodismo corporativo, con el acompañamiento cómplice de una clase de dirigentes, que necesita de ese periodismo y esos medios falaces para tener su espacio mediático asegurado.
Los ciudadanos, comprometidos con una democracia sin ataduras, inclusiva, restauradora de derechos, recuperadora del patrimonio y la autoestima nacional ¿cómo reclamamos y reivindicamos nuestro derecho humano a la información (insisto: veraz, certera, comprobable)?
¿Ante quien denunciamos el ocultamiento de hechos, o su tergiversación?
Cuando la verdad desaparece de pantallas, micrófonos y portadas ¿ante quien presentamos un habeas corpus?
Si un funcionario miente en ejercicio de su función, es pasible de ser sancionado y/o juzgado, según la gravedad del hecho.
Cuando un periodista consustanciado con esta democracia, sin ataduras, emite su opinión y la apoya con hechos comprobables, es denunciado ante la justicia por quien se siente agraviado (Por ejemplo: Roberto Caballero y Carlos Romero. Denunciados por el abogado José Benegas y la Sala “E” de la Cámara Civil consideró que sus expresiones en la nota denunciada, no era mentira y los sobreseyó)
Ahora, cuando un periodista, semana tras semana, desde uno de los canales de aire de mayor audiencia, denuncia hechos que la justicia no prueba ¿no está mintiendo? ¿Qué abogado? ¿Qué fiscal de turno ha tomado cartas en el asunto? Para que la sociedad no sea sorprendida e instigada con falacias a formarse opiniones sobre las personas y los hechos falazmente denunciados.
¿Cuántas de esas falsas denuncias se han convertido en instigación a hechos violentos en consiguientes marchas ciudadanas propaladas por los mismos medios y periodistas?
¿No hay sanción para esas mentiras?
Porque la reiteración de las mismas, generan en el cuerpo social la sensación que ciertos personajes tienen impunidad. Para mentir. Para soliviantar a cierto sector de la sociedad contra las autoridades democráticamente elegidas. Con las comprobadas muestras de odio y resentimiento que traen aparejadas. Cuando no, también, violencia física.
Esos hechos ¿no violan el derecho humano a la información (vuelvo a insistir: veraz, certera, comprobable) de la sociedad?
¿Cómo se pone límite a esa impunidad que goza cierto sector del periodismo “notable”?
Tal vez sea hora que comencemos a manifestar exigiendo que se cumpla con este derecho humano a la información.

Nota: Mi insistencia con que la información sea: veraz, certera, comprobable; es porque en la Ley de SCA sólo habla de “…que el Estado debe salvaguardar el derecho a la información…” sin esas tres características que, tal vez harían más eficaz la protección de ese derecho humano. Es una opinión.

Daniel Mojica
www.cuestioncultural.blogspot.com.ar

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